El Tribunal de la Sala de Admisión de la Corte Constitucional (CC), integrado por los jueces Carmen Corral (ponente), Jhoel Escudero y Enrique Herrería, confirmó este martes 16 de julio de 2024, la vulneración de derechos constitucionales a 209 trabajadores por parte de la estatal petrolera Petroecuador.
La CC inadmitió la acción extraordinaria de protección presentada por Petroecuador, señalando que la empresa empleó a los trabajadores bajo la modalidad de tercerización laboral y cuando estos trabajadores fueron contratados directamente por la estatal, no se respetaron sus derechos laborales y se les mantuvo con la misma remuneración que recibían como tercerizados. Esto llevó a los empleados a demandar igualdad salarial y el reconocimiento de todos los beneficios de ley, amparados en el artículo 326 de la Constitución, que establece el principio de “igual trabajo, igual remuneración”.
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La sentencia se basa en el incumplimiento del mandato constituyente número 8, publicado el 6 de mayo de 2008, que prohíbe la tercerización, intermediación laboral y cualquier forma de precarización de las relaciones de trabajo en las actividades de la empresa o el empleador.
Por su parte, Petroecuador propuso a los 209 empleados que reciban convenios de pago por algunos años para cumplir con la sentencia. Mientras, el Tribunal de Admisión de la Corte Constitucional señaló que su decisión no es susceptible de recurso alguno, por lo que dispuso notificar, archivar la causa y devolver el proceso al juzgado de origen.
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