“El presidente tiene derecho a presentar nuevo decreto de excepción”, advierte Palencia, pero juristas lo cuestionan por el fondo

Jun 18, 2024

“Nosotros no nos podemos quedar de brazos cruzados, frente a una declaratoria inconstitucionalidad que no fue unánime y esto lo subrayo, un voto salvado maravilloso de una jueza de la Corte Constitucional, que es profundo y muy concreto”, dijo Mónica Palencia, al referirse a lo expuesto por la jueza Carmen Corral, en la resolución de la Corte.

Dijo que el gobierno seguirá insistiendo en otro estado de excepción y que el presidente tiene su “derecho a presentar un nuevo decreto ejecutivo”, advirtió la ministra. Invitamos a la comunidad internacional, a que nos fortalezca en reconocer que vivimos un “estado de conflicto interno”. Dijo que se trabaja con Fiscalía, para que los allanamientos sean totalmente legales y legalizados.

“Tenemos la posibilidad de enfrentar el conflicto, ya no como causal para una declaratoria de estado de excepción, sino como causal para pelear esta guerra en el ámbito nacional, con los recursos jurídicos internacionales que no me gustaría, porque ahí tendríamos que observar el Derecho Internacional Humanitario y ya no el respeto tradicional que hasta ahora insistimos, tener por los derechos humanos ” Palencia hace un llamado a la CC a la “sensibilidad” por si llegase a existir un nuevo decreto de excepción.

Para el constitucionalista y docente universitario de la Universidad Católica PUCE, Salim Zaidán, lo actuado por la Corte es razonable, si se profundiza las causales, pero hace énfasis en el voto salvado de la jueza Carmen Corral, sobre su justificación, para no votar por la inconstitucionalidad del Decreto.

“La Corte observó deficiencia en la ocurrencia de los hechos, que sirven para fundamentar la declaratoria del Estado de Excepción, sin embargo aunque el presidente no brinda una comprobación prolija de los hechos, es de conocimiento público, los hechos violentos y por fuentes oficiales, se observa una inseguridad que no puede desconocer la Corte”, puntualiza el Docente y analista constitucional.

La Corte habría determinado según el jurista, que el presidente no ha logrado justificado que estamos en una “Conflicto Armado Interno”, pero sobretodo por dos de los parámetros jurídicos que la Corte analiza, para justificar la figura. “Los parámetros de organización y requisitos de intensidad, el parámetro de organización de los grupos armados y el requisito de hostilidad”, por eso dice Zaidán, la Corte ha resuelto de que “no se cumplen esos principios” y por lo tanto, los magistrados consideran que no se configura el Conflicto Armado Interno.

La jueza Carmen Corral, que dio el voto salvado tuvo una observación en la resolución. “Ese severo cuestionamiento que hace la jueza Corral, básicamente se da porque considera que la decisión de mayoría, establece que no se encuentra considerada la causal de Conflicto Armado Interno, cuando en varios pasajes del dictamen anterior, del 6 guion 24 se expone que se dan por realmente ocurridos los hechos ocurridos en los territorios establecidos.

Lo que no comprende la magistrada Corral, dice Zaidán, es que el cuestionamiento de la Corte, es en relación a que en este caso puntual, el gobierno no ha logrado aportar lo suficiente a través de informes de la policía y FFAA en este informe puntual.

¿Qué necesitaría el gobierno exponer en su justificación y motivación?

“Que se ofrezcan datos específicos, de cómo los grupos armados y su estructura, están dotados y sobretodo que cuente con una ventaja táctica estratégica y operativa, con la que si cuenta el gobierno. Lo que ha dicho la Corte, es que se tiene que comprobar que ellos (grupos armados) tienen una ventaja operativa y táctica; no se ha justiciado el Conflicto Armado Interno, con normativa y figuras propias de ese tipo de conflictos, la Corte ha cuestionado el sustento técnico, pues se invoca normativa de conflicto armado internacional o guerra, y no normativa propia de los conflictos armados internos, que tienen una normativa de sustento diferenciado”.



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