Corte Constitucional observa integración del Consejo Directivo del IESS

May 22, 2024

La Corte Constitucional (CC) aceptó parcialmente la objeción presidencial por inconstitucionalidad a las reformas a la Ley de Seguridad Social y del Banco del IESS, aprobadas por la Asamblea Nacional el pasado 12 de marzo.

Las observaciones de la Corte Constitucional se enfocan en la conformación del Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) y sus fuentes de financiamiento para funcionar.

La entidad aceptó parcialmente la objeción presidencial respecto a los artículos 6, 7, 8, 9 y a la disposición general primera de las normativas.

Objeciones improcedentes

La Corte declaró improcedentes las objeciones presidenciales referentes a la inclusión de dos nuevos vocales en la integración del Consejo Directivo del IESS y sugirió a la institución adecuar su proceder en relación a los márgenes y techos de la ley previstos en su proforma.



Asimismo, declaró improcedente el mecanismo de elección del representante de la Función Ejecutiva en el Consejo Directivo del IESS.

Objeciones procedentes

Por otro lado, la Corte consideró procedentes las objeciones presidenciales sobre la forma de integración del Consejo Directivo del IESS. En este punto, se indicó a la Asamblea Nacional que garantice la integración del Consejo Directivo, acorde al artículo 371 de la Constitución, que requiere una representación paritaria de los sectores involucrados.

También se sumaron observaciones al artículo 7 del proyecto de ley, en relación al financiamiento del proceso electoral para la elección de los integrantes del Consejo Directivo. La Corte ordenó a la Asamblea Nacional identificar fuentes de financiamiento que no pongan en riesgo la sostenibilidad del sistema de seguridad social ni permitan la intervención de entidades externas en el patrimonio y fondos del IESS.

La Corte también observó la forma de elección del representante de los empleadores en el Consejo Directivo, prevista en el artículo 7 del proyecto de ley. Dispuso a la Asamblea Nacional diseñar un proceso de designación que garantice el derecho del sector de empleadores a elegir su representante.

Además, se observó la posibilidad de control político por parte de la Asamblea Nacional a los miembros del Consejo Directivo.

Próximos pasos

Tras la resolución de la Corte Constitucional, la Asamblea Nacional deberá realizar las modificaciones necesarias al proyecto de ley, adecuándolo a las consideraciones realizadas, para que pase a la sanción del presidente Daniel Noboa.

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