Los resultados de la Consulta Popular 2024 ya están en el Registro Oficial. Eso significa que tres modificaciones a la Constitución están vigentes: apoyo complementario de las Fuerzas Armadas, creación de judicaturas especializadas y la extradición de ecuatorianos.
El proceso electoral incluía preguntas de dos tipos. Uno relacionado con cambios en la Constitución. Tres de las cinco preguntas planteadas por el Gobierno Nacional lograron el sí.
El resto del cuestionario tenía que ver con reformas a leyes como el Código Orgánico Integral Penal (COIP). Para concretar estos cambios, el Ejecutivo tiene un plazo de cinco días para enviar los proyectos de reforma a la Asamblea Nacional.
Apoyo de las FF.AA a la Policía
Las Fuerzas Armadas apoyarán la labor de la Policía Nacional frente al crimen organizado sin la necesidad de un Decreto de Estado de Excepción.
La reforma parcial establece que el primer paso para avalar el apoyo complementario será un informe del Consejo de Seguridad Pública y del Estado (Cosepe).
Dicho informe establecerá “la pertinencia, casos y el ámbito de actuación del apoyo complementario solicitado”. Después de eso, el Presidente de la República emitirá el decreto ejecutivo, disponiendo el apoyo complementario y subsidiario de las Fuerzas Armadas a la Policía Nacional.
Estos son los delitos en los que se podrá invocar dicho apoyo: narcotráfico, lavado de activos, tráfico de armas, tráfico de personas, terrorismo, minería ilegal, extorsión e intimidación; así como de delincuencia organizada.
Extradición de ecuatorianos
La reforma que se planteó en la pregunta B de la Consulta establece que “la extradición se solicitará y se concederá de acuerdo con las condiciones, requisitos, restricciones e impedimentos establecidos en esta Constitución y en los instrumentos internacionales”.
Un punto importante es que ese procedimiento será otorgado por un juez competente y por delitos contemplados en la legislación ecuatoriana.
No se concederá en casos en los que implique la pena de muerte, tratos crueles o denigrantes en el país que solicita la extradición. Además, no se consideran los delitos políticos.
Judicaturas especializadas
Jueces constitucionales resolverán en primera y segunda instancia sobre los recursos jurisdiccionales como hábeas corpus, acciones de protección y medidas cautelares.
El anexo aprobado en el Referéndum señala: “en primera instancia, será competente la jueza o juez constitucional especializado del lugar en donde se origina el acto u omisión”. Pero, la decisión podrá ser apelada. En ese caso, será conocida por la Sala Especializada de lo Constitucional de la Corte Provincial.
Esta pregunta sí requerirá de un lapso para su instalación. Sobre todo, porque se tendrá que designar a los jueces para dichas judicaturas.
La enmienda señala que el Consejo de la Judicatura deberá organizar, a nivel nacional, el proceso de selección, mediante concurso de méritos y oposición, para designar a las y los jueces constitucionales especializados.
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