Luego de valoración de las pruebas presentadas por la Fiscalía General del Estado, el Tribunal de Garantías Penales que conoció la causa sentenció a nueve años y cuatro meses de pena privativa de libertad a Gilberto Alfredo T., como autor directo del abuso sexual perpetrado contra una niña en el cantón Arajuno.
Además, deberá pagar 3.000 dólares como medida de reparación integral a la víctima y dispuso que se oficie a un hospital de la localidad, a fin de que la agraviada y su familia reciban tratamiento y asistencia psicológica.
El hecho investigado sucedió la noche del 28 de noviembre del 2018. Gilberto Alfredo T. (padrastro y agresor) aprovechó que la madre de la víctima no estaba en la vivienda y que sus hermanos dormían para ingresar a la habitación de la niña y cometer el delito.
Fiscalía conoció del hecho por la denuncia presentada la madre de la agraviada.
En el desarrollo de la audiencia de juzgamiento, el Fiscal del caso expuso las pruebas recabadas en la investigación para demostrar la culpabilidad del ahora sentenciado. Entre las más importantes se incluyen: el testimonio anticipado de la víctima (en el que reconoce al ahora sentenciado como su agresor), el testimonio de varios familiares de la niña, de expertas que practicaron la pericia médico-legal ginecológica, la pericia psicológica y de trabajo social, del agente policial que efectuó el reconocimiento del lugar de los hechos, entre otros.
Información jurídica
El artículo 170 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) sanciona el abuso sexual con pena privativa de libertad de tres a cinco años. En este caso, se aplicó la circunstancia agravante establecida en el artículo 48, numeral 9, del mismo cuerpo legal: conocer a la víctima con anterioridad a la comisión de la infracción.
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