Asamblea deberá decidir la aprobación de dos leyes este martes

Mar 11, 2024

La aprobación de dos proyectos de ley relacionados con la seguridad social, participación ciudadana y la cooperación del Estado ecuatoriano con la Corte Penal Internacional forman parte de la agenda de las dos sesiones del Pleno de la Asamblea Nacional convocadas para este martes.

La jornada iniciará con la sesión N.º 911, convocada para las 10h00, en la que analizará el informe no vinculante de la objeción parcial al proyecto de Ley para la Acción Voluntaria, preparado por la Comisión de Participación Ciudadana. Este proyecto promueve el voluntariado en sus diferentes tipologías como una forma de participación social, que fortalece el sentido y fomenta el desarrollo de las capacidades y habilidades esenciales, para reforzar y proteger la figura de las personas en el marco de su participación en organizaciones de voluntariado.

De inmediato conocerá y resolverá sobre la conformación de la Comisión Especializada Ocasional de Economía Popular y Solidaria, de conformidad con el artículo 24 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa.

En el tercer punto consta el segundo debate del proyecto de reformas a la Ley de Participación Ciudadana, según el cual el ejercicio de los derechos de participación ciudadana, control social y de petición son gratuitos, y ninguna persona o institución podrá cobrar valor alguno por atender solicitudes o reuniones en el sector público, en cualquier función o nivel de gobierno, salvo en los casos expresamente establecidos por ley.

Por último, a las 15h00 continuará la sesión N.º 910, en la que se someterá a votación el texto final del proyecto de reformas a la Ley de Seguridad Social y a la Ley del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, de iniciativa ciudadana, que fue preparado este fin de semana para la Comisión del Derecho al Trabajo.

Esta iniciativa, a más de modificar la estructura y conformación del Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social y del Directorio del BIESS, dispone que la creación de nuevas prestaciones esté debidamente financiada y cuente con los respectivos estudios actuariales, conforme lo dispone el artículo 369 de la Constitución, entre otros aspectos.



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